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Contabilidad
La contabilidad es esencial para la salud financiera de tu negocio. Aquí encontrarás información sobre cómo gestionar las cuentas, cumplir con las obligaciones fiscales y optimizar la administración de los recursos, garantizando el cumplimiento normativo y la sostenibilidad a largo plazo de tu negocio.
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La facturación es una de las tareas contables más importantes de todo negocio, aunque también suele ser una de las más tediosas y que más problemas de contabilidad genera. Los errores y fallos en la facturación pueden incrementar significativamente el tiempo de cobro y causar dificultades con el flujo de efectivo.
Si trabajas como autónomo o tienes una pyme, los softwares de facturación se convertirán en tu mejor aliado, ya que te ayudarán a agilizar y simplificar este proceso. No solo podrás ahorrar tiempo, sino también evitar errores que puedan dar pie a sanciones de Hacienda.
¿Qué son los programas de facturación?
Un software de facturación es una herramienta automatizada que permite gestionar de manera rápida y sencilla las facturas de un negocio. Su principal objetivo es centralizar todo el proceso de facturación y la información relacionada con los clientes y proveedores.
Estos programas incorporan diferentes plantillas de facturas, aunque algunos incluso permiten diseñar un modelo totalmente personalizado. Generan de manera automática la numeración y fecha de la factura, así como el tipo impositivo a aplicar y el total final a pagar.
Algunos softwares de facturación cuentan con un sistema OCR para reconocer y registrar automáticamente los documentos de gastos. Otros envían recordatorios de las facturas impagadas para que reclames su cobro.
Con la incorporación de la inteligencia artificial, sus funcionalidades han evolucionado notablemente. Ya no se limitan a reconocer datos, son capaces de interpretarlos, categorizar gastos de forma automática, detectar posibles errores en facturas e incluso sugerir correcciones antes de que se registren. Además, aprenden de tus hábitos contables, por lo que son cada vez más precisos.
Las ventajas de los softwares de facturación para las pymes y autónomos
A medida que una pyme o un profesional independiente empieza a crecer, también se complejiza su gestión diaria. Lo que antes eran unas pocas facturas al mes se convierte en un flujo constante de documentos, clientes y obligaciones fiscales. En ese punto, muchos descubren que seguir utilizando sistemas básicos no es solo incómodo, sino poco sostenible. Los beneficios de los softwares de facturación compensan con creces su curva de aprendizaje.
1. Minimizan los errores
Los programas de facturación asignan de manera automática el número de factura, lo cual te permitirá evitar los típicos errores de numeración. También realizan los cálculos automáticamente, de manera que solo tienes que introducir el importe por unidad y el número de unidades para obtener el importe final adecuado.
Algunos de estos softwares incorporan validaciones automáticas que detectan inconsistencias antes de guardar o enviar una factura. Por ejemplo, te avisan si falta algún dato obligatorio, el formato del NIF es incorrecto o si se ha aplicado un tipo de IVA que no corresponde. Por tanto, sirven como una segunda capa de revisión para evitar fallos que, de otro modo, podrían pasar desapercibidos.
2. Reducen los costes
Una ventaja importante de los softwares de facturación para pymes y autónomos, en especial aquellos que gestionan un gran volumen de facturas, es la reducción de costes. La digitalización de estas tareas agiliza el proceso administrativo, de manera que tu equipo contable podrá dedicarse a otras funciones más importantes que impulsen el crecimiento del negocio. También ahorrarás los costes de impresión y almacenaje de las facturas físicas.
A esto se suma un ahorro menos visible, pero igual de importante, que proviene de la reducción de errores y la posibilidad de llevar un control más preciso de los cobros y pagos. Gestionar bien la facturación te evitará incurrir en multas y te ahorrará los gastos que suelen derivarse de retrasos, intereses o una mala previsión de tesorería.
3. Aligeran la carga de trabajo
Estos programas facilitan la emisión de facturas proformas o rectificativas, además de permitir guardar los datos de los clientes y proveedores para acceder a ellos rápidamente. También ofrecen la posibilidad de enviar correos automáticamente a varios clientes y generar facturas periódicas, lo cual representa un ahorro de tiempo y reduce la carga de trabajo.
Podrás tener todas las facturas en un mismo lugar y localizarlas fácilmente, usando los diferentes criterios de búsqueda que ofrecen estos programas. Centralizar la información contable se traducirá en menos duplicidades e interrupciones, lo que agilizará el flujo de trabajo y aumentará la eficiencia.
4. Disminuyen los riesgos fiscales
Un software de facturación te permite operar con mayor orden contable. Eso significa que los registros de tu capital y movimientos serán más fieles y reflejarán la realidad contable del negocio en todo momento, por lo que podrás enviar información precisa a la Agencia Tributaria para realizar las correspondientes declaraciones de impuestos sin errores u omisiones involuntarias.
Como resultado, reducirás los riesgos fiscales para tu empresa y es menos probable que te enfrentes a sanciones económicas derivadas de fallos o malas prácticas contables. No solo evitarás la carga financiera que suponen las multas, sino que también protegerás la imagen de tu negocio al evitar que lo asocien a sanciones y multas fiscales, lo cual genera desconfianza en clientes, proveedores o posibles inversionistas, además de lastrar las posibilidades de acceder a ayudas públicas o presentarse a licitaciones.
5. Facilitan la toma de decisiones
Incluso los programas de facturación gratuitos permiten apreciar de un vistazo qué facturas han sido cobradas y cuáles no, así como llevar la contabilidad básica del negocio. Tendrás la posibilidad de conocer las fechas de vencimiento de tus cobros, controlar los impagados y realizar una previsión de los pagos. Así, podrás anticipar posibles tensiones de liquidez y reorganizar cobros o gastos para tener más margen de maniobra.
Un buen software de facturación también elabora gráficos que reflejan la evolución mensual de la facturación y/o tus clientes y proveedores, para que tengas una visión global del negocio y puedas tomar decisiones estratégicas en base a su funcionamiento real. Te ayudará a detectar tendencias que podrían pasar desapercibidas en una revisión manual, como estacionalidades, caídas de ingresos o concentración excesiva en pocos clientes. Así, tendrás datos fiables para ajustar tu estrategia comercial, diversificar tu cartera de clientes o identificar qué líneas de negocio están siendo más rentables.
Programas de facturación gratuitos que puedes usar en tu negocio
No todos los negocios necesitan soluciones complejas desde el inicio. Si tienes un volumen de facturación reducido o estás empezando, optar por un programa gratuito puede ser más que suficiente para cubrir tus necesidades básicas sin incurrir en costes innecesarios. De hecho, es una opción válida para experimentar, comparar y comprender qué funcionalidades necesitas.
1. ContaSimple
Este programa de facturación gratis para autónomos y pymes es ideal para quienes están comenzando su actividad empresarial, ya que cuenta con un plan básico que prevé 12 documentos por año y hasta 5 productos.
Te permitirá llevar la contabilidad básica de manera sencilla y crear las facturas en cuestión de segundos en formato PDF para enviarlas directamente por correo electrónico. Soporta diferentes idiomas y permite gestionar los pagos y cobros. También ofrece resúmenes mensuales, trimestrales y anuales para que puedas formarte una imagen fidedigna del funcionamiento de tu negocio y te permite llevar los libros de contabilidad oficiales.
2. FacturaScripts
Se trata de un software de facturación libre basado en un sistema de plugins que permiten personalizar diferentes detalles, según tus necesidades. Cuenta con más de 170 plugins, algunos específicos para clínicas veterinarias o negocios de automoción, tanto gratuitos como de pago.
Además, permite el acceso desde cualquier dispositivo y posee conectores con las principales plataformas de e-commerce. Lo mejor de todo es que cumple con la normativa vigente en España y está preparado para integrarse con Verifactu, TicketBAI y SII.
3. Facturae
Este programa de facturación gratuito para pymes y autónomos fue creado por el Ministerio para la Transformación Digital y lo suelen usar las empresas que trabajan con las instituciones públicas. Especialmente diseñado para generar facturas electrónicas, también las recibe, por lo que es una buena alternativa si tienes clientes y proveedores que ya trabajan con este sistema.
También permite llevar el libro de IVA y, gracias a la funcionalidad “Histórico”, brinda una idea general del funcionamiento del negocio. La nueva versión 3.4 introduce algunos cambios, como la posibilidad de anular facturas y la integración con los servicios web de FACe, el punto general de entrada de facturas electrónicas de la Administración General del Estado.
4. Invoicely
Es un programa de facturación gratuito para los autónomos y las pymes que están comenzando su negocio y realizan pocas facturas al mes. Ofrece un procedimiento sencillo y directo para crear albaranes y facturas en cuestión de segundos.
Permite guardar hasta 3 clientes y emitir hasta 5 facturas mensuales, por lo que es ideal si estás empezando tu negocio. Cuenta, además, con plantillas de factura para que tengas un formato base y acepta diferentes divisas y pagos con Paypal.
5. Jasmin
Este software de facturación online ofrece diferentes herramientas para facilitar las tareas contables. Cuenta con tablas de impuestos y motivos de exención preconfigurados para que las pymes y autónomos se mantengan actualizados y puedan cumplir con todos los requisitos fiscales. Además, permite controlar los gastos, supervisar las compras y llevar el inventario y almacenes con un único software.
De hecho, su versión gratuita es una de las más completas del mercado, pues no tiene límites de usuarios ni documentos e incluye impuestos, gastos e inventario. Hasta los primeros 30.000 euros de facturación del primer año, es gratis. También brinda la posibilidad de personalizar tus facturas y el software se encuentra 100% en la nube, por lo que podrás facturar donde quieras y desde cualquier dispositivo.
6. Visionwin
Este software de facturación puede ser utilizado por todo tipo de negocios, ya que es muy versátil y adaptable. Brinda distintas opciones de facturación automática y digital que son muy intuitivas y fáciles de usar. Incluye diferentes informes y gráficos para analizar la información contable del negocio y posee una base de datos que proporciona una visión bastante amplia del progreso de este.
Las opciones de facturación ofrecen plantillas de distintos tipos que se adaptan a cada necesidad. Este software se puede descargar y usar de forma gratuita, sólo tendrás que pagar por el servicio de asesoramiento y soporte técnico si lo necesitas más allá de la primera semana.
7. b2brouter
Este programa de facturación cuenta con un plan Basic ideal para iniciarse en la factura electrónica. De hecho, también cumple con VeriFactu. Su versión gratis acepta hasta 10 contactos y prevé hasta 24 transacciones, contando las facturas enviadas y recibidas, así como las declaraciones fiscales.
Podrás crear y recibir facturas en el territorio nacional, enviándolas por correo electrónico con un enlace de descarga. Cuenta con un sistema de reconocimiento de texto automático (OCR) y realiza a diario una copia de seguridad de las facturas, ofreciendo almacenamiento ilimitado de las mismas. Además, brinda información sobre el estado de las facturas emitidas, para que sepas si tus clientes las recibieron.
Por último, recuerda que en un entorno cada vez más digital y competitivo, implementar un programa de facturación, ya seas autónomo o tengas una pyme, implica pasar a una gestión más estructurada y ágil. Cuando la facturación deja de ser una carga y se integra de forma natural en la dinámica del negocio, liberas tiempo, energía y recursos que puedes destinar a crecer y mejorar.
Como cada año, se acerca el momento de presentar la declaración de la renta para pymes y autónomos, una de las obligaciones fiscales más importantes para los contribuyentes en España. Sin embargo, la normativa que rige todo lo relacionado con el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) no es estática, por lo que es esencial conocer los cambios que entrarán en vigor, de manera que puedas presentarla en tiempo y forma. De hecho, en esta campaña se han vuelto a incluir algunas modificaciones.
¿Qué autónomos están obligados a presentar la declaración de la renta del ejercicio 2025?
Hace unos años, no todos los autónomos tenían la obligación de realizar la declaración anual del IRPF. En 2006, se había aprobado una ley sobre el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, que indicaba que solo debían presentarla quienes hubieran obtenido rendimientos netos a través de sus actividades económicas o rentas inmobiliarias que superaran los 1.000 euros.
Sin embargo, con la entrada en vigor del nuevo sistema de cotización por ingresos reales, ese límite se eliminó. El decreto, mediante el cual se estableció el nuevo sistema de cotización para los trabajadores por cuenta propia, modificó la normativa del IRPF indicando que “estarán, en cualquier caso, obligadas a declarar todas aquellas personas físicas que, en cualquier momento del período impositivo, hubieran estado de alta como trabajadores por cuenta propia, en el Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos o en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar.
Por tanto, todos aquellos que han estado dados de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) están obligados a presentar su declaración de la renta, independientemente de los ingresos obtenidos. Por extensión, también tendrán que hacerlo sus “familiares colaboradores”.
Los únicos autónomos que podrían quedar exentos de esta obligación fiscal son los que se dieron de alta este año, lo que significa que no desarrollaron ninguna actividad económica por cuenta propia durante el ejercicio pasado.
Tramos de la declaración del IRPF 2025
El porcentaje de la renta que se abona a la Agencia Tributaria depende de varios factores. La renta procedente del ahorro, por ejemplo, tributa a un porcentaje más bajo, mientras que la general se rige por una escala progresiva. Este año, Hacienda confirmó que no modificará los tramos, por lo que la suma del estatal y el autonómico se mantienen en:
Desde 0 hasta 12.450 euros: retención del 19%
Desde 12.450 hasta 20.199 euros: retención del 24%
Desde 20.200 hasta 35.199 euros: retención del 30%
Desde 35.200 hasta 59.999 euros: retención del 37%
Desde 60.000 hasta 299.999 euros: retención del 45%
Más de 300.000 euros: retención del 47%
Dichos porcentajes se van aplicando escalonadamente, comenzando por el inferior, de manera que a la totalidad de tus ingresos no se le imputa el tipo de retención más alto. Por ejemplo, si como autónomo ingresas 25.000 euros brutos al año, no pagarás el 30% del total. Se aplicará un 19% a los primeros 12.450 euros, los siguientes 7.750 euros tributarán dentro del segundo tramo, por lo que se tasarán con un 24%, mientras que los 4.801 euros restantes quedarán sujetos al 30% del tercer tramo.
Fechas clave para la campaña de declaración de la renta 2025-2026
Esta campaña de declaración de la renta seguirá una estructura bastante parecida a la anterior, comenzó el 8 de abril y finalizará el 30 de junio.
- Desde el 8 de abril, los contribuyentes ya pueden acceder a su borrador de la renta a través de internet, mediante el sistema Renta Web. Se podrá confirmar el borrador por Internet o, incluso, a través del móvil, si no necesitas modificar los datos que aporta la Agencia Tributaria.
- Si quieres solicitar ayuda por teléfono, tendrás que esperar hasta el 6 de mayo, siempre con cita previa, la cual estará disponible a partir del 29 de abril y hasta el 29 de junio.
- En caso de que desees presentar la declaración de la renta de manera presencial en las oficinas de la Agencia Tributaria, podrás hacerlo a partir del 1 de junio. La solicitud de cita comienza el 29 de mayo y se encontrará disponible hasta el 29 de junio.
Es importante que tengas en cuenta que presentar la declaración de la renta fuera de plazo conlleva una multa, cuya cuantía depende del retraso. En esta campaña, las sanciones serán del 1% del importe a pagar por cada mes de dilación. Si tardas más de 12 meses en presentar tu declaración, el recargo sumará el 15% más intereses de demora. De hecho, aunque el resultado de la declaración sea a devolver, se aplicará una sanción de 100 euros por presentarla fuera de plazo.
Guía para presentar la declaración de la renta sin acudir a la Agencia Tributaria
Si no quieres ir presencialmente a Hacienda, tienes tres opciones para hacer la declaración de la renta: por teléfono, mediante el programa Renta Web o usando la aplicación móvil. Recuerda que, antes de descargar los datos fiscales, tendrás que ratificar o cambiar tu domicilio fiscal, aunque sólo quieras solicitar cita previa o acceder al borrador. El sistema te mostrará automáticamente la vivienda con referencia catastral.
1) Llamada telefónica
Para presentar la declaración de la renta vía telefónica, tendrás que pedir cita por Internet o llamando a los teléfonos automáticos: 91 535 73 26 / 901 12 12 24 o al servicio de cita para Renta: 91 553 00 71 / 901 22 33 44, los cuales están disponibles de 9 a 19 horas, de lunes a viernes.
Es importante que tengas a mano todos los datos necesarios: el número de referencia del titular de la declaración, el DNI de todas las personas que figuren en la declaración, el IBAN de cuenta bancaria y las referencias catastrales de todos los inmuebles de tu propiedad o en los que vivas de alquiler.
2) Presentación online con Renta Web
Si vas a presentar la declaración online, tendrás que acceder a Renta Web. Seleccionas “Servicio de tramitación borrador/declaración” y te identificas indicando el DNI o NIE y el número de referencia, la cl@ve PIN o el certificado electrónico.
Para obtener tu número de referencia, tendrás que indicar en la página web de Hacienda tu NIF y la fecha de caducidad del DNI o NIE. También tendrás que introducir el importe de la casilla 505 de la declaración del IRPF correspondiente a 2024. Si no la realizaste, debes indicar un número de cuenta bancaria (IBAN) de la que seas titular.
En este punto, ya podrás acceder a tus datos fiscales. Debes corroborarlos porque la Agencia Tributaria dispone de una información limitada sobre tus gastos e ingresos como autónomo y no suele estar al corriente de los cambios en tu estatus familiar.
Cuando los datos estén correctos, genera la declaración y presiona en presentar. Si sale a devolver, debes indicar la cuenta bancaria para recibir el ingreso. Si la declaración de la renta sale a pagar, puedes seleccionar la opción de domiciliar el pago y fraccionarlo en dos plazos.
3) Presentación a través de la App
También tienes la posibilidad de presentar la declaración de la renta 2025 a través de la aplicación de la Agencia Tributaria (APP-AEAT). Tendrás que identificarte, al igual que para acceder a Renta Web. Una vez dentro, podrás consultar tus datos fiscales, modificar la información y presentar la declaración de la renta.
Al igual que otros años, la aplicación cuenta con un sistema guiado de identificación para facilitar el acceso según las preferencias individuales. Si tu declaración es muy sencilla, tienes la opción de “presentar la declaración con un solo clic”, pero en este caso no podrás modificar los datos. Comprueba bien todos los datos antes de enviarlos para que luego no tengas que hacer una declaración complementaria.
La App incorpora la posibilidad de permitir el registro en Cl@ve sin acudir a una oficina, mediante una vídeo llamada. En ese caso, tendrás que acceder a la sala de espera y tener a mano tu documento de identidad para mostrárselo al operador que te atenderá, así como el teléfono móvil que usarás para introducir la Cl@ve.
4) Ayuda del asistente virtual
Cabe aclarar que puedes contar con el apoyo del asistente virtual de la Agencia Tributaria. Puedes preguntarle sobre cuestiones generales del IRPF para saber, por ejemplo, cómo determinar tu rendimiento o a qué obligaciones fiscales estás sujeto.
Solo tienes que formular tu pregunta y el asistente te irá guiando, planteándote diferentes escenarios. Desde Hacienda aclaran que, aunque utilizan “sistemas de Inteligencia Artificial para un mejor entendimiento y clasificación de las preguntas, las respuestas proporcionadas han sido redactadas por personal cualificado”.
Al final, puedes generar un PDF con la información, aunque para ello necesitarás autenticarte con Cl@ve o certificado electrónico. Este servicio incluye un chat, que se encuentra disponible de 9:00 a 19:00 horas de lunes a viernes para brindar información más personalizada.
Novedades fiscales para la declaración de la renta 2025-2026 de los autónomos
Este año no trae cambios radicales, pero incorpora algunas variaciones en la presentación del IRPF. Quizá la más destacable para los autónomos es que la adaptación al sistema de cotización por ingresos reales ya ha entrado plenamente en vigor, por lo que la Agencia Tributaria y la Seguridad Social están cruzando los datos para comprobar que lo que declaras coincida con lo que has cotizado.
Otro de los cambios más relevantes se refiere a la tributación de las rentas del ahorro, ya que el tipo que se aplica a las bases liquidables superiores a 300.000 euros aumenta hasta el 30%.
Además, Hacienda pondrá un énfasis especial en los pagos realizados por Bizum, sobre todo en los ingresos de los autónomos, por lo que tendrás que declarar las cuantías obtenidas. También es necesario que indiques las ganancias, pérdidas o intereses en criptomonedas.
Por otra parte, si realizaste obras de mejora de la eficiencia energética, ya sea en tu vivienda habitual o en un edificio residencial, podrás deducir las cantidades satisfechas. También se sigue aplicando la deducción por la adquisición de vehículos eléctricos enchufables y de pila de combustible, así como a la instalación de puntos de recarga de baterías.
En esta campaña, se añade una deducción especial para los contribuyentes con rendimientos del trabajo reducidos. Relacionada con el aumento del salario mínimo interprofesional (16.576 euros anuales), su objetivo es preservar la capacidad adquisitiva de estas personas, evitando que dicha subida conduzca a un aumento de la tributación.
La deducción, que puede alcanzar los 340 euros, tiene un carácter decreciente. El importe máximo se aplica a los rendimientos del trabajo iguales o inferiores a 16.576 euros y se reduce paulatinamente para las rentas que oscilen entre los 16.576 y 18.276 euros.
Nuevas deducciones autonómicas
El IRPF es un impuesto compartido con las comunidades, lo que significa que estas pueden cambiar parte de la escala impositiva, introduciendo rebajas fiscales y nuevas normativas. En la campaña de la renta 2025-2026 se aplicarán cientos de deducciones autonómicas que deberías revisar atentamente.
Cataluña, por ejemplo, ha ampliado la deducción por alquiler de vivienda habitual de 300 a 500 euros y de 600 a 1.000 euros para la vivienda conjunta si cumples ciertos requisitos.
Andalucía y Asturias han incluido deducciones para la compra de alimentos aptos para celíacos, por un máximo de 100 euros, mientras que La Rioja y la Comunidad Valenciana se suman a la Región de Murcia y Andalucía, con la posibilidad de desgravar los gastos del gimnasio.
Andalucía y la Región de Murcia también aplican una deducción del 30% de los gastos veterinarios, con un límite máximo de 100 euros anuales por contribuyente. Por otra parte, Galicia y Extremadura aplican nuevas ayudas para los gastos relacionados con los cuidados de los enfermos de ELA.
También conviene recordar que, a partir de este año, el único sistema para corregir las declaraciones de la renta es la autoliquidación rectificativa. Eso agiliza el proceso de corrección fiscal, ya que podrás modificar, completar o rectificar tu declaración sin tener que esperar la resolución administrativa.
¿Hay que declarar las prestaciones económicas del Estado?
En el caso de los autónomos, la mayoría de las subvenciones o ayudas se catalogan como ganancias patrimoniales o rendimientos de la actividad económica, lo cual significa que tributan a efectos del IRPF y debes incluirlas en la declaración de la renta.
Así como existe la obligación de declarar las prestaciones recibidas por un ERTE, los autónomos que recibieron una ayuda por cese de actividad también deben cuantificarla y presentar la declaración de la renta. Además, hay que declarar la recepción del ingreso mínimo vital, con independencia de la cuantía de los ingresos, pues, aunque la ayuda es una renta exenta, es necesario presentar la declaración.
De hecho, desde la campaña de la renta anterior, incluso los parados que reciban una prestación por desempleo tendrán que presentar la declaración, independientemente del importe que perciban. La gran excepción son las ayudas públicas extraordinarias concedidas como consecuencia de catástrofes naturales, que se declaran exentas en el IRPF.
A la hora de emprender una actividad por cuenta propia, la contabilidad suele ser uno de los aspectos más descuidados. Si solo te enfocas en la idea de negocio y su implementación, es probable que pases por alto los detalles que consideras más “burocráticos” o administrativos. Sin embargo, desconocer tus obligaciones fiscales y contables puede causarte más de un dolor de cabeza.
¿Por qué es tan importante llevar bien la contabilidad?
Muchos autónomos perciben las obligaciones contables como un engorroso requisito legal, pero en realidad son una herramienta útil para gestionar el negocio de manera más eficiente por varias razones.
Evitar sanciones y problemas legales.
Cuando llevas la contabilidad correctamente y presentas los modelos fiscales en los plazos establecidos, disminuyes las probabilidades de incurrir en multas o recargos, además de evitar inspecciones y requerimientos de Hacienda.
Aprovechar deducciones y beneficios fiscales.
La contabilidad no se realiza solo para pagar impuestos. Conocer la normativa también te permitirá aplicar correctamente las deducciones, bonificaciones y beneficios fiscales a los que tengas derecho. Por tanto, podría representar un ahorro o evitar que pagues de más.
Mayor control sobre los ingresos y los gastos.
Si tienes las cuentas al día, podrás saber con precisión cuánto estás ingresando, en qué estás gastando el dinero y cuáles son tus márgenes de beneficio. Así, te resultará más fácil identificar áreas de mejora, optimizar recursos y tomar medidas correctivas antes de que los problemas se agraven.
Planificación financiera y crecimiento del negocio.
La contabilidad también sirve para proyectarse al futuro. Tener las cuentas claras te ayudará a anticipar gastos y necesidades de Tesorería, lo que facilita la planificación financiera a corto y largo plazo. Te indicará si puedes aprovechar nuevas oportunidades, cuándo ha llegado el momento de contratar personal o si te conviene más constituir una empresa.
¿Cómo llevar la contabilidad del autónomo?
Tus obligaciones contables como autónomo dependerán del tipo de actividad que desarrolles y el régimen de determinación del rendimiento. Significa que no tendrás que llevar la misma documentación si tributas por la estimación directa que por la estimación objetiva, si trabajas como profesional o eres un empresario mercantil.
La Agencia Tributaria explica qué documentos son necesarios en cada caso para los empresarios individuales y profesionales, aunque existen algunos libros contables imprescindibles para todos.
Ingresos y facturas
La contabilidad del autónomo comienza con el libro de registro de las facturas emitidas, el cual permite calcular los ingresos que genera tu actividad. Se trata de un simple listado de todas las facturas que has hecho, en el que debes reflejar una serie de datos:
- Fecha de emisión de la factura
- Número de la factura
- Destinatario de la factura
- Base imponible
- Tipo de IVA aplicado y su importe
- Retención IRPF, si procede
Gastos
La contabilidad del autónomo también prevé un registro de los gastos de la actividad profesional, gracias a los cuales podrás saber si estás teniendo pérdidas o beneficios. Recuerda que, para que un gasto sea deducible y puedas incorporarlo en tu contabilidad, debe estar directamente relacionado con tu negocio. Lo usual es que tengas que llevar tres libros de registros:
1. Libro de registro de facturas recibidas.
Es un listado donde anotarás todas las facturas recibidas, tanto por la prestación de servicios como por los bienes que hayas comprado para tu actividad. Tendrás que reflejar los mismos detalles de las facturas que emites, incluyendo además el nombre y apellidos o razón social del emisor y su NIF.
2. Libro de registro de bienes de inversión.
Los bienes de inversión son aquellos cuyo costo supera los 3.005,06 euros, sin incluir el IVA, y que, por su naturaleza, se consumirán a lo largo de diferentes ejercicios fiscales (más de un año), por lo que no puedes contabilizarlos como un gasto único, sino que tendrás que distribuirlos durante varios trimestres o, incluso, años. La Agencia Tributaria clasifica los bienes de inversión en diferentes tipos y establece las reglas de amortización, determinando los plazos mínimos y máximos que puedes aplicar. Por ejemplo, el mobiliario para tu oficina o tienda tiene un coeficiente lineal máximo del 10 por 100 y un periodo de amortización máximo de 20 años. En cambio, el coeficiente lineal máximo de los equipos electrónicos es más alto (20 por 100) y el periodo de amortización máximo es más bajo (10 años).
3. Libro de registro de gastos.
En este libro solo debes contabilizar los gastos para los cuales no tienes facturas, por lo que no puedes reflejar ni las facturas recibidas ni los bienes de inversión, sino tan solo los tickets o recibos del banco. Tendrás que contabilizar el pago de la cuota de autónomos a la Seguridad Social, por ejemplo, ya que se justifica con el recibo del banco, así como el coste de una cena de trabajo. En caso de que tengas tanto el ticket como la factura, es mejor que contabilices el gasto en el libro de registro de facturas, ya que así podrás desgravar el IVA correspondiente.
Por otra parte, la Agencia Tributaria recuerda que es obligatorio conservar “los justificantes, facturas y otros documentos que acrediten las operaciones, rentas, gastos, ingresos, reducciones y deducciones reflejados en tus declaraciones” durante el plazo de cuatro años. No obstante, también aclara que “los libros se pueden llevar por medios electrónicos o informáticos, conservando los ficheros y programas que sirvan de soporte”.
Nuevas obligaciones en la contabilidad del autónomo
La aprobación de la Ley Antifraude, en 2021, y la Ley Crea y Crece, en 2022, trajeron consigo nuevas obligaciones en la contabilidad del autónomo. Con el objetivo de digitalizar, facilitar y hacer más transparente la contabilidad, evitando a su vez el fraude fiscal, se impone la facturación electrónica y el uso de softwares certificados.
Eso significa que tendrás que emitir facturas electrónicas, que no consiste simplemente en enviar un PDF por correo al cliente, sino que deben cumplir una serie de requisitos:
- Ser legibles
- Acreditar la autenticidad de su origen
- Certificar la integridad e inalterabilidad de su contenido
- Tener uno de los formatos admitidos (aquellos que utilizan el lenguaje XML, como UBL o Facturae)
Como la legibilidad, autenticidad e integridad de la factura se garantizan mediante el programa informático que la crea y recibe, la firma electrónica avanzada y el intercambio electrónico de datos EDI, tendrás que contar con un software de facturación que cumpla la normativa antifraude, lo que incluye la posibilidad de enviar los datos directamente a la Agencia Tributaria. No obstante, tienes hasta el 1 de julio de 2027 para actualizarte e implementar este sistema.
Si eres autónomo, una de tus principales obligaciones económicas es el pago de la cuota a la Seguridad Social, una aportación mensual que te garantiza el acceso a prestaciones como la asistencia sanitaria, la incapacidad temporal o la jubilación. Comprender cómo funciona esta cuota, cuál es su importe y cómo puedes ajustarla es clave para gestionar mejor tus finanzas y evitar sorpresas a lo largo del año.
¿Cómo se calcula la cuota de autónomos?
Desde el 1 de enero de 2023, los autónomos tienen que cotizar en función de sus ingresos reales. Significa que, en el momento de darte de alta, debes estimar tu rendimiento neto anual para elegir la base de la cotización adecuada, teniendo en cuenta la tabla general de bases, que se actualiza anualmente en la Ley de Presupuestos Generales del Estado.
Dicha tabla divide los ingresos en un esquema progresivo, compuesto por diferentes tramos, cada uno con una base mínima y máxima de cotización. Por tanto, tienes cierta libertad para elegir la base dentro de los límites de tu tramo. Además, si durante el año tus ingresos varían respecto a la previsión inicial, puedes modificar la base de cotización hasta seis veces al año para ajustarla mejor a tu situación económica, como explica el Ministerio de Seguridad Social.
¿Cuáles serán las cuotas de los autónomos en 2026?
En 2026, se prevé que la cuota de autónomos vuelva a experimentar cambios que afectarán a millones de profesionales de cara al próximo ejercicio fiscal. En un primer momento, el Gobierno propuso unas subidas que oscilaban entre 17 y 206 euros al mes, en dependencia del tramo de rendimiento neto.
Esa propuesta implicaría que los profesionales que se encuentran en el tramo inferior y ganan menos de 670 euros/mes, pasarían de una cuota de 200 € mensuales a unos 217. En cambio, la cotización de quienes ingresan más de 6.000 € al mes podría alcanzar los 796 euros.
Sin embargo, las críticas a dichos aumentos han conducido a un replanteamiento por parte del Gobierno que implicaría:
- Congelar las cuotas para los rendimientos más bajos, específicamente para los tres primeros tramos de cotización (los autónomos que ganen hasta 1.166,7 € al mes).
- Aplicar un incremento moderado de entre 1% y 2,5% para los autónomos de los tramos superiores, que equivaldría a subidas en la cuota de entre 2,9€ y 14,75 € mensuales.
Por tanto, la nueva cuota de autónomos para 2026 podría quedar de la siguiente forma, aproximadamente:
- Primer tramo (hasta 670 € mensuales). Se mantiene la cuota de 200 € al mes.
- Segundo tramo (entre 670 € y 900 € mensuales). Se mantiene la cuota de 220 € al mes.
- Tercer tramo (entre 900 € y 1.166,70 € mensuales). Se mantiene la cuota de 260 € al mes.
- Cuarto tramo (entre 1.166,70 € y 1.300 € mensuales). La cuota actual de 291 € al mes aumenta un 1% (2,9 €).
- Quinto tramo (entre 1.300 € y 1.500 € mensuales). La cuota actual de 294 € al mes aumenta un 1% (3 €).
- Sexto tramo (entre 1.500 € y 1.700 € mensuales). La cuota actual de 320 € al mes aumenta un 1% (4,8 €).
- Séptimo tramo (entre 1.700 € y 1.850 € mensuales). La cuota actual de 370 € al mes aumenta un 1,5% (7,4 €).
- Octavo tramo (entre 1.850 € y 2.030 € mensuales). La cuota actual de 390 € al mes aumenta un 1,5% (7,8 €).
- Noveno tramo (entre 2.030 € y 2.330 € mensuales). La cuota actual de 410 € al mes aumenta un 1,5% (8,2 €).
- Décimo tramo (entre 2.330 € y 2.760 € mensuales). La cuota actual de 430 € al mes, con un incremento del 2% (8,6 €).
- Undécimo tramo (entre 2.760 € y 3.190 € mensuales). La cuota actual es de 450 € al mes, con un incremento del 2% (9 €).
- Duodécimo tramo (entre 3.190 € y 3.620 € mensuales). La cuota actual de 465 € al mes aumenta un 2% (9,3 €).
- Decimotercer tramo (entre 3.620 € y 4.050 € mensuales). La cuota actual de 480 € al mes aumenta un 2,5% (9,6 €).
- Decimocuarto tramo (entre 4.050 € y 6.000 € mensuales). La cuota de 540 € al mes aumenta un 2,5% (10 €).
- Decimoquinto tramo (más de 6.000 € mensuales). La cuota media de 600 € al mes aumenta un 2,5% (14,75 €). *
Por último, cabe aclarar que dichos incrementos en las cuotas de autónomos para 2026 y las posibles mejoras en la prestación por cese de actividad o cuidado de menores todavía están sobre la mesa de negociación, por lo que es importante que te mantengas al tanto de la decisión final.
* Las cifras son aproximadas y pueden variar según la cuota elegida entre los mínimos y máximos de la base de cotización de cada tramo. Para ajustarlas a tus ganancias con precisión, usa la Calculadora de Cuotas de Autónomos de la Seguridad Social.
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La facturación es una de esas tareas administrativas que, aunque en ocasiones pasa a un segundo plano, conviene mantener en orden. En España, la Ley Crea y Crece ha establecido la obligatoriedad de la factura electrónica para empresas y autónomos, mientras que la Ley Antifraude exige sistemas de facturación más seguros y verificables. En conjunto, ambas normativas mejoran la transparencia y la eficiencia, pero exigen digitalizar el proceso de facturación.
¿Qué es una factura electrónica?
Una factura electrónica es aquella que se expide y recibe en formato electrónico como justificante de la entrega de bienes o la prestación de servicios. Sin embargo, no basta con enviar un PDF por correo al cliente, la factura electrónica debe cumplir una serie de requisitos:
- Ser perfectamente legible.
- Garantizar la autenticidad de su origen.
- Avalar la integridad del contenido, de manera que no pueda ser modificado.
- Estar emitida en los formatos admitidos, que son aquellos que utilizan el lenguaje XML (como UBL o Facturae).
La Agencia Tributaria explica que, en el caso de la factura electrónica, la legibilidad la facilita el programa informático que la crea o recibe mientras que su autenticidad e integridad se aseguran mediante la firma electrónica avanzada y con el intercambio electrónico de datos EDI.
Por tanto, tendrás que contar con un software de facturación que cumpla la normativa antifraude y garantice que los registros informáticos de tus facturas no son manipulables. Dicho programa también debe ser interconectable, pues es imprescindible poder enviar y recibir las facturas de forma segura entre sistemas, incluyendo la conexión con Hacienda. Así, toda la información es trazable y verificable, además de evitar errores o duplicidades.
¿Cuándo será obligatoria la factura electrónica?
Todas las empresas y profesionales, incluidos pymes y autónomos, tienen la obligación de emitir y recibir factura electrónica en sus relaciones B2B. No obstante, la aplicación se realizará de forma escalonada para facilitar la transición.
Con la entrada en vigor de Verifactu, el sistema de verificación de facturas, los plazos para implementar un software de facturación compatible son:
- Las empresas sujetas al Impuesto de Sociedades estarán obligadas a utilizar un software de facturación compatible con Verifactu a partir del 1 de enero de 2027.
- Los autónomos y el resto de empresas disponen de un plazo mayor, hasta el 1 de julio de 2027.
¿Cuáles son los beneficios de la factura electrónica?
Al principio, pasarse a la factura electrónica puede parecer engorroso. Quizá tengas que aprender a usar un nuevo sistema y revisar tus procesos internos para adaptarte a la normativa. Sin embargo, una vez implementada, esta herramienta ofrece múltiples ventajas que compensan con creces ese esfuerzo inicial.
- Ahorro de tiempo. Digitalizar la generación, envío y recepción de facturas reduce las tareas manuales y los errores. También facilita la automatización, lo que simplifica la contabilidad y agiliza la presentación de impuestos, por lo que te ahorrará un tiempo precioso que podrás dedicar a actividades de mayor valor añadido.
- Cumplimiento fiscal. Si eliges enviar tus datos de facturación directamente a Hacienda, podrás trabajar con mayor seguridad, ya que todo será verificable en tiempo real. Eso también minimiza las probabilidades de incurrir en multas o recibir inspecciones.
- Reducir la morosidad. La factura electrónica te permitirá seguir con mayor precisión los plazos de pago y la Agencia Tributaria podrá usar esa información para combatir los retrasos en los pagos entre empresas, por lo que disminuirá la morosidad.
- Mejorar la relación con clientes y proveedores. La factura electrónica facilita el intercambio de información y agiliza la comunicación. Los procesos son más transparentes, lo que evita confusiones sobre pagos o facturas pendientes.
- Mayor control y trazabilidad de las facturas. Cada factura debe tener un código único que la identifique y un registro inalterable, lo que mejora el control de la contabilidad y facilita las auditorías internas.
No cabe duda de que la factura electrónica marcará un antes y un después en la gestión administrativa de muchos negocios. No se trata simplemente de cumplir con la ley, sino de transformar radicalmente la forma en que las empresas y autónomos gestionan sus cobros, pagos y registros para que ganen en eficiencia y control.
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Calendario fiscal 2026 para autónomos y pymes
Si eres autónomo o tienes una pyme, la llegada de un nuevo año suele suponer cambios fiscales que debes conocer para no incurrir en sanciones, debido a despistes o retrasos. Para partir con buen pie, es conveniente que tengas a mano el calendario fiscal 2026, así sabrás cuándo debes presentar cada uno de los modelos en la Agencia Tributaria.
Los trimestres de autónomos, una pieza clave para cumplir tus obligaciones fiscales
Los autónomos tienen la obligación de presentar sus declaraciones fiscales de IVA e IRPF cuatro veces al año. Dicho sistema les permite ir saldando cuentas con la Administración Pública en materia de impuestos, además de ayudarles a mantener al día la contabilidad del negocio y dar seguimiento a su facturación.
Por tanto, al inicio de cada trimestre, comenzando por enero, tendrás que presentar las declaraciones correspondientes al trimestre anterior. Luego tendrás que volver a entregar la documentación en abril, julio y octubre. Las pymes no son la excepción. Aunque llevan una contabilidad ligeramente diferente, también están sujetas a un calendario fiscal bastante ajustado a lo largo de todo el año.
Modelos a presentar en enero de 2026
Hasta el 20 de enero de 2026:
- Modelo 111, declaración trimestral retenciones de personal y profesionales.
- Modelo 115, declaración trimestral retenciones de alquileres.
- Modelo 123, pago de los intereses de préstamos, arrendamientos de negocios, bonos, acciones, depósitos a plazo y rendimientos de capital mobiliario.
- Modelo 592, impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizables, correspondientes al último trimestre de 2025.
Hasta el 30 de enero de 2026:
- Modelo 303 de autoliquidación de IVA correspondiente a diciembre de 2025.
- Modelo 130, pago fraccionado del IRPF, ingresos a cuenta de la Renta.
- Modelo 131, pago fraccionado del IRPF, ingresos a cuenta de la Renta en el Régimen Simplificado.
- Modelo 303, declaración trimestral de IVA.
- Modelo 349, declaración informativa de operaciones intracomunitarias.
- Modelo 390, resumen anual de las declaraciones trimestrales de IVA.
Hasta el 31 de enero de 2026:
- Modelo 165, declaración informativa de certificaciones individuales emitidas a los socios o copropietarios de sociedades de nueva o reciente creación.
- Modelo 179, declaración informativa anual de la cesión de uso de viviendas con fines turísticos.
- Modelo 180, resumen anual de las declaraciones trimestrales del modelo 115 de retenciones de alquileres.
- Modelo 182, donativos, donaciones y aportaciones recibidas y disposiciones realizadas.
- Modelo 188, rentas o rendimientos del capital mobiliario procedentes de operaciones de capitalización y de contratos de seguros de vida o invalidez.
- Modelo 190, resumen anual de las declaraciones trimestrales del modelo 111 retenciones de personal y profesionales.
- Modelo 233, declaración informativa por gastos en guardería.
- Modelo 345, modelo anual de planes de pensiones y similares.
Modelos a presentar en febrero
Hasta el 20 de febrero de 2026:
- Modelo 349, declaración informativa de operaciones intracomunitarias correspondiente el mes de enero.
Hasta el 28 o 29 de febrero de 2026:
- Modelo 280, declaración informativa anual de planes de ahorro a largo plazo.
- Modelo 303, autoliquidación de IVA referente a enero de 2026.
- Modelo 347, declaración anual de operaciones con terceros referida al ejercicio 2025.
Modelos a presentar en marzo
Hasta el 20 de marzo de 2026:
- Modelo 349, declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias en febrero de 2026.
Hasta el 30 de marzo de 2026:
- Modelo 303, autoliquidación de IVA referente a enero de 2026.
- Modelo 189, declaración informativa de valores, seguros y rentas concerniente al ejercicio 2025.
Hasta el 31 de marzo de 2026:
- Modelo 720, declaración informativa sobre bienes y derechos en el extranjero.
Modelos a presentar en abril
A inicios de este mes, comienza el plazo para presentar por Internet el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).
Hasta el 20 de abril de 2026:
- Modelo 303, autoliquidación de IVA referente a febrero de 2026.
- Modelo 111, declarar e ingresar las retenciones de IRPF hechas a trabajadores, profesionales o empresarios referidas a marzo de 2026.
- Modelo 115, declarar a Hacienda las retenciones del IRPF sobre los alquileres urbanos correspondientes a marzo de 2026.
- Modelo 123, pago de los intereses de préstamos, arrendamientos de negocios, bonos, acciones, depósitos a plazo y rendimientos de capital mobiliario.
- Modelo 130, pago fraccionado de la Renta del primer trimestre de 2026 por estimación directa.
- Modelo 131, pago fraccionado de la Renta del primer trimestre de 2026 por estimación objetiva.
- Modelo 202, primer período del pago fraccionado del Impuesto sobre Sociedades.
- Modelo 349, declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias referida al primer trimestre de 2026 y el mes de marzo.
- Modelo 592, impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizables concerniente al primer trimestre del año.
- Modelo 309, declaración y liquidación no periódica referida al primer trimestre de 2026.
Hasta el 30 de abril de 2026:
- Modelo 303, autoliquidación de IVA referente a marzo de 2026.
Modelos a presentar en mayo
El 7 de mayo de 2026 comienza el plazo para la presentación telefónica del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF)
Hasta el 20 de mayo de 2026:
- Modelo 349, declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias correspondiente a abril de 2026.
Hasta el 30 de mayo de 2026:
- Modelo 303, autoliquidación de IVA referente a abril de 2026.
Modelos a presentar en junio
A partir del 3 de junio de 2026, se abre el plazo para presentar de manera presencial en la Agencia Tributaria el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).
Hasta el 20 de junio de 2026:
- Modelo 349, declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias correspondiente a mayo de 2026.
Hasta el 30 de junio de 2026:
- Modelo 303, autoliquidación de IVA referente a mayo de 2026.
Recuerda que tienes hasta el 26 de junio de 2026 para presentar la Declaración Anual de la Renta y Patrimonio correspondiente a 2025 con resultado a ingresar con domiciliación en cuenta.
Modelos a presentar en julio
El 1 de julio de 2026 finaliza el plazo para presentar la Declaración de la Renta 2025 con resultado a devolver, renuncia a la devolución, saldo negativo y la opción de ingresar sin domiciliación del primer plazo.
Hasta el 1 de julio de 2026:
- Modelo 303, autoliquidación de IVA referente a mayo de 2026.
Hasta el 20 de julio de 2026:
- Modelo 111, declarar e ingresar las retenciones de IRPF realizadas a trabajadores, profesionales o empresarios correspondientes a junio de 2026.
- Modelo 115, declarar a Hacienda las retenciones del IRPF sobre los alquileres urbanos relativas a junio de 2026.
- Modelo 123, pago de los intereses de préstamos, arrendamientos de negocios, bonos, acciones, depósitos a plazo y rendimientos de capital mobiliario.
- Modelo 130, pago fraccionado de la Renta del segundo trimestre de 2026 por estimación directa.
- Modelo 131, pago fraccionado de la Renta del segundo trimestre de 2026 por estimación objetiva.
- Modelo 303, autoliquidación de IVA del segundo trimestre de 2026.
- Modelo 309, declaración y liquidación no periódica referida al segundo trimestre de 2026.
- Modelo 349, declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias correspondiente al segundo trimestre de 2026.
- Modelo 592, impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizables correspondiente a junio de 2026 y declaración trimestral del segundo trimestre del año.
Hasta el 22 de julio de 2026:
- Modelos 200, 206 o 220 para sociedades cuyo periodo impositivo coincida con el año natural.
- Modelo 282, declaración informativa anual de ayudas recibidas en el marco del régimen económico y fiscal de Canarias u otras del estado por contribuyentes del IRPF o el Impuesto sobre la Renta de no Residentes sin establecimiento permanente.
Hasta el 30 de julio de 2026:
- Modelo 303, autoliquidación de IVA referente a junio de 2026.
Modelos a presentar en agosto
Hasta el 20 de agosto de 2026:
- Modelo 349, declaración informativa de operaciones intracomunitarias correspondiente al mes de junio.
Hasta el 30 de agosto de 2026:
- Modelo 303, autoliquidación de IVA referente a julio de 2026.
Modelos a presentar en septiembre
Hasta el 20 de septiembre de 2026:
- Modelo 349, declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias referidas a los meses de julio y agosto de 2026.
Hasta el 30 de septiembre de 2026:
- Modelo 303, autoliquidación de IVA referente a agosto de 2026.
- Modelos 360 y 361 para solicitar la devolución del IVA soportado, igual o superior a 400 euros, correspondiente al ejercicio 2025.
Modelos a presentar en octubre
Hasta el 20 de octubre de 2026:
- Modelo 111, declarar e ingresar las retenciones de IRPF hechas a trabajadores, profesionales o empresarios en septiembre de 2026.
- Modelo 115, declarar a Hacienda las retenciones del IRPF sobre los alquileres urbanos referentes a septiembre de 2026.
- Modelo 123, pago de los intereses de préstamos, arrendamientos de negocios, bonos, acciones, depósitos a plazo y rendimientos de capital mobiliario.
- Modelo 130, pago fraccionado de la Renta del tercer trimestre de 2026 por estimación directa.
- Modelo 131, pago fraccionado de la Renta del tercer trimestre de 2026 por estimación objetiva.
- Modelo 202, pago a cuenta sobre el Impuesto de Sociedades en caso de que se fraccione.
- Modelo 303, autoliquidación de IVA del tercer trimestre de 2026.
- Modelo 309, declaración y liquidación no periódica del tercer trimestre de 2026.
- Modelo 349, declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias correspondiente al tercer trimestre de 2026.
- Modelo 592, impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizables referido a septiembre de 2026 y la declaración trimestral del tercer trimestre del año.
Hasta el 30 de octubre de 2026:
- Modelo 303, autoliquidación de IVA correspondiente a septiembre de 2026.
Hasta el 31 de octubre de 2026:
- Solicitud de inclusión para el año 2027 en el sistema de Cuenta Corriente Tributaria (CCT).
Modelos a presentar en noviembre
Los autónomos que hayan fraccionado el pago de la Declaración de la Renta tendrán hasta el 5 de noviembre de 2026 para pagar la última cuota.
Hasta el 20 de noviembre de 2026:
- Modelo 349, declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias correspondiente al mes de octubre de 2026.
Modelos a presentar en diciembre
Hasta el 2 de diciembre de 2026:
- Modelo 303, autoliquidación de IVA correspondiente a octubre de 2026.
Hasta el 20 de diciembre de 2026:
- Modelo 111, declarar e ingresar las retenciones de IRPF practicadas a trabajadores, profesionales o empresarios referidas a noviembre de 2026.
- Modelo 202, pago a cuenta sobre el Impuesto de Sociedades, en caso de que se haya fraccionado.
- Modelo 039 para comunicar los datos relacionados con el régimen especial del grupo de entidades en el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), que surtirán efecto el año siguiente (2027).
Hasta el 30 de diciembre de 2026:
- Modelo 303, autoliquidación de IVA correspondiente a noviembre de 2026.
Como puedes apreciar, a lo largo del año tendrás que presentar varias declaraciones, tanto si eres autónomo como si administras una pyme. Una buena idea consiste en apuntar las fechas clave y establecer un sistema de recordatorios para evitar sanciones y recargos.
Recuerda, además, que los plazos pueden variar ligeramente, debido a las domiciliaciones y los días inhábiles, por lo que es importante que revises todos los meses el calendario del contribuyente en la propia Agencia Tributaria.
Antes de montar una empresa o comenzar a trabajar como autónomo, debes conocer los trámites necesarios para poner en marcha una actividad y las obligaciones fiscales que estás a punto de contraer. El Impuesto sobre Actividades Empresariales (IAE) forma parte de ese entramado tributario y, aunque no se paga en todos los casos, es fundamental que sepas de qué se trata y conozcas la forma y los plazos para abonarlo.
¿Qué es el Impuesto sobre Actividades Económicas?
La Agencia Tributaria explica que “el IAE es un impuesto que grava el desarrollo, en territorio español, de actividades económicas. Dichas actividades pueden ser empresariales, profesionales o artísticas y las mismas se pueden ejercer en local determinado o sin local”.
Por tanto, se trata de un tributo que se aplica a todas las actividades económicas que ejerzan las personas físicas y jurídicas en España. Estas se agrupan en diferentes epígrafes del IAE, los cuales ayudan a la Agencia Tributaria a saber qué impuestos se aplican en cada caso.
De hecho, tienes la obligación de declarar todas las actividades económicas que desarrolles, aunque sean ocasionales. La única excepción son las actividades agrícolas, pesqueras, forestales y ganaderas dependientes. Si realizas diferentes actividades, y unas tributan por IAE y otras no, igualmente tendrás que presentar la declaración de todas.
No obstante, eso no significa que tengas que pagar el impuesto sobre Actividades Económicas (IAE).
Hacienda contempla varias exenciones:
Empresas cuyo volumen de facturación no supere 1 millón de euros. La cifra de negocios que se tiene en cuenta es la del último Impuesto sobre Sociedades presentado antes del devengo de la tasa el 1 de enero.
Empresas de reciente creación. Durante los dos primeros años de actividad, las empresas nuevas no tienen que pagar el Impuesto sobre Actividades Económicas. La condición es que no hayan desarrollado antes esa misma actividad bajo otra titularidad.
Personas físicas. Los autónomos quedan exentos, aunque eso no los exime de darse de alta en el epígrafe del IAE que corresponda a la actividad que desempeñen.
Entidades sin ánimo de lucro. Las asociaciones y fundaciones, que cumplan los requisitos legales para ser catalogadas como tal, tampoco tienen que pagar dicho impuesto.
¿Cuándo se paga el Impuesto de Actividades Económicas?
El Impuesto de Actividades Económicas (IAE) se paga de manera periódica. Su periodo impositivo coincide con el año natural, salvo las excepciones que recoge la Agencia Tributaria:
- Espectáculos
- Declaraciones de alta cuando no coincide con el 1 de enero
- Cese de la actividad antes de finalizar el año
Los plazos de pago dependerán del tipo de cuota que debas abonar y del momento en que te des de alta, aunque generalmente se devenga el 1 de enero.
Durante tu primer año, no recibirás un recibo automático, la administración correspondiente te enviará una notificación indicando la cantidad que debes pagar y cómo hacerlo. Si la cuota es municipal, el Ayuntamiento revisará tu alta y te enviará la liquidación. Si la cuota es provincial o nacional, se encargará la Agencia Tributaria.
A partir del segundo año y los siguientes, las cuotas se pagan mediante recibo.
¿Dónde se presentan las declaraciones?
Dependiendo de tu caso, tendrás que presentar la declaración en diferentes entidades:
Si la cuota es nacional o provincial, se presenta en la Delegación o en la Administración de la AEAT del sitio donde se encuentre el domicilio fiscal de tu empresa.
Si la cuota es municipal y no ha sido delegada, debes presentarla en la Delegación o en la Administración de la AEAT del municipio donde desempeñes tu actividad. Si ha sido delegada, tendrás que informarte de la institución a la que el Ayuntamiento ha cedido su gestión.
Por último, cabe aclarar que no presentar el modelo 840 para comunicar el alta o la baja en el IAE dentro del plazo establecido, generalmente en diciembre del año previo al ejercicio de devengo, puede implicar una multa. También se sancionan las declaraciones incompletas o con errores, así como no pagar el Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE) a tiempo. Por eso, conviene informarse bien y, si es necesario, buscar asesoramiento profesional para evitar sobresaltos fiscales.
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España es uno de los países de la Unión Europea con más autónomos: a inicios de 2025 había más de 3,3 millones de afiliados al RETA, lo que representó un incremento del 1,22% con respecto al mismo periodo del año anterior, de acuerdo con el Ministerio de Trabajo. Y es que, trabajar por cuenta propia es cada vez más interesante, sobre todo por la libertad que brinda para organizar la jornada laboral.
Con la ley de medidas de apoyo al emprendedor aprobada en 2013, el gobierno puso en marcha una serie de cambios dirigidos a incentivar el autoempleo y facilitar el emprendimiento, entre ellos la aplicación de una tarifa plana para los autónomos.
En aquel momento, el RETA ganó 44.000 cotizantes solo durante el primer semestre, lo que supuso un incremento del 2,2 %, según publicó Cinco Días. Ese dato confirmó que la medida animó a muchas personas a poner en marcha su propio negocio, por lo que se ha mantenido a lo largo del tiempo, aunque con algunas variaciones.
¿Qué es la tarifa plana para autónomos?
La tarifa plana para autónomos consiste en una reducción del pago mensual en las cuotas a la Seguridad Social. En vez de abonar la totalidad de cotización que te correspondería según tus ingresos, sólo tendrás que pagar una parte del importe.
Al inicio, eran 50 euros mensuales durante el primer año de emprendimiento, aunque en la actualidad ha aumentado a 80 euros, a los cuales hay que añadir la cotización correspondiente al Mecanismo de Equidad Intergeneracional (0,8%), por lo que asciende a un total de 87,60 euros, como explica la Seguridad Social.
No obstante, sigue siendo una bonificación muy interesante porque disminuye bastante los costes que debes afrontar como autónomo cuando des tus primeros pasos. En 2025, la base mínima por la que tendrías que cotizar es de 653,59 euros, aunque podría ser mayor según tus ingresos.
En el caso de que cotizaras por el tramo más bajo, sin la tarifa plana tendrías que pagar todos los meses 205,23 euros. La bonificación te ahorraría 125,23 euros mensuales, para un total de 1.502 euros al cabo de un año o incluso más, si puedes disfrutar del periodo de ampliación.
¿Cuáles son las condiciones de la tarifa plana para autónomos?
Los requisitos de la tarifa plana para autónomos han ido cambiando para permitir que más personas puedan beneficiarse de ella, de manera que ya no se aplica únicamente a los menores de 30 años, sino a todos aquellos que comiencen una actividad por cuenta propia y cumplan las siguientes condiciones:
- No haber estado dado de alta como autónomo en los últimos dos años, o tres si ya habías disfrutado de esta bonificación en el pasado. Existe una excepción: las mujeres que hayan cesado su actividad debido a la maternidad, proceso de adopción, guarda con fines de adopción, acogimiento y tutela que quieran retomar su negocio profesional, siempre que no hayan pasado más de dos años desde el día del cese.
- No trabajar como autónomo colaborador, ya que para ese perfil existen bonificaciones específicas, aunque la tarifa plana sí aplica a las cooperativas de trabajo asociado.
- Si estás en condición de pluriactividad; es decir, trabajas por cuenta propia y ajena, tendrás que elegir entre la tarifa plana para autónomos o las bonificaciones por pluriactividad.
- No tener deudas pendientes con la Seguridad Social y la Agencia Tributaria.
La buena noticia es que, aunque tengas trabajadores a tu cargo, podrás disfrutar de la tarifa plana, algo imposible en el pasado.
¿Y si eres autónomo societario?
Desde 2020, los autónomos que tengan una sociedad mercantil también pueden optar por la tarifa plana. En un principio, la ley los excluía, pero unas sentencias del Tribunal Supremo sentaron jurisprudencia y ahora estos profesionales pueden solicitarla cumpliendo sólo dos requisitos:
- Si es la primera vez que te das de alta en el RETA o han transcurrido 2 años sin haber trabajado como autónomo (3 años en el caso de que ya hubieras aprovechado la tarifa plana).
- No tener deudas con la Seguridad Social y Hacienda.
Los autónomos societarios, incluso, tienen la posibilidad de solicitar la tarifa plana con efecto retroactivo, siempre que el alta fuera posterior a septiembre de 2016.
¿Cuánto dura la tarifa plana?
La tarifa plana se aplicará durante un periodo de 12 meses, que puedes prorrogar por otros 12 meses adicionales, en el caso de que tus rendimientos económicos no superen el salario mínimo interprofesional. Obviamente, tendrás que acreditarlo con la declaración sobre la previsión de tus rendimientos netos.
No obstante, existen algunas situaciones que prevén una reducción específica, como señala la Seguridad Social. En estos casos, la tarifa plana se aplicará inicialmente por 24 meses y existe la posibilidad de prorrogarla durante otros 36 meses, siempre que la previsión de los rendimientos netos sea inferior al salario mínimo interprofesional.
- Personas con discapacidad. Tendrán que acreditar un grado de discapacidad igual o superior al 33% con una resolución del órgano competente o del INSS.
- Víctimas de violencia de género. Deberán demostrar su condición de víctima de violencia de género, presentando una certificación de los Servicios Sociales o una orden del Ministerio Fiscal, así como una sentencia condenatoria por dicho delito, una orden de protección u otra resolución judicial que refleje una medida cautelar a favor de la víctima.
- Víctimas de terrorismo. Será necesario certificar la condición de víctima de terrorismo con el Certificado del Ministerio del Interior.
Comunidades autónomas con cuota cero para autónomos
Desde hace algunos años, varias comunidades autónomas han puesto en marcha lo que se conoce como “cuota cero” para sus nuevos autónomos. Se trata de una ayuda con la que se bonifica el 100% de la cuota de los trabajadores por cuenta propia que inicien su actividad. Las comunidades que han confirmado su renovación en 2025 son:
- Andalucía.
- Aragón
- Baleares
- Cantabria
- Castilla-La Mancha
- Extremadura
- Galicia
- Madrid
- Murcia
Esa ayuda puede aplicarse durante 1 o 2 años, en dependencia de las bases reguladoras y los requisitos específicos, los cuales difieren de una comunidad autónoma a otra. Por tanto, si emprendes en alguna de esas comunidades, no tendrás que pagar la cuota de seguridad social.
Cotización por tramos: ¿cómo influye en la tarifa plana?
Antes de aprobar las cuotas por tramos, un sistema de cotización en función de los ingresos reales, la tarifa plana se iba eliminando gradualmente, aplicando bonificaciones del 50 y el 30% hasta completar los dos años. Con el nuevo sistema, una vez finalizada la tarifa plana, la cuota a pagar dependerá directamente de los rendimientos netos mensuales que declares.
También debes saber que, si te decantas por la tarifa plana, cotizarás por lo mínimo durante el primer año. Eso aliviará tu carga económica al comienzo del negocio, pero las prestaciones serán menores. No obstante, tienes la posibilidad de renunciar en cualquier momento a la cotización reducida, y el mes próximo comenzarás a cotizar en el tramo que te corresponda, según tus ingresos reales.
¿Cómo solicitar la tarifa plana para autónomos?
Si cumples con los requisitos para acceder a la tarifa plana para autónomos, debes darte de alta en la Agencia Tributaria, rellenando el modelo 037, y en la Seguridad Social bajo el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, mediante el modelo TA-0521. Si tienes un certificado digital, podrás realizar estos trámites por vía telemática.
Cuando te des de alta en la Seguridad Social, se aplicará automáticamente la tarifa plana sin que tengas que hacer nada más. Cuando termine el primer año, si tus rendimientos no superan el salario mínimo interprofesional, tendrás que presentar una segunda solicitud para seguir disfrutando de la cotización reducida, la cual irá acompañada de la declaración sobre los ingresos de los ejercicios correspondientes.
Proyección financiera: ¿qué es y cómo hacerla?
En un entorno económico marcado por la incertidumbre y la volatilidad, la capacidad de adaptación es clave, pero no suficiente. Las empresas que prosperan son capaces de complementar esa flexibilidad con herramientas de anticipación estratégica. En ese contexto, la proyección financiera se convierte en una herramienta esencial para estimar el desempeño de la organización de cara al futuro.
¿Qué es la proyección financiera de un negocio y para qué sirve?
La proyección financiera es una estimación del rendimiento económico de una empresa en el futuro. Ese pronóstico, basado en datos históricos, permite prever los ingresos, gastos y ganancias en un período determinado, generalmente el próximo año o durante los siguientes cinco o diez años. Funciona como un “termómetro financiero” que la empresa puede utilizar de diferentes maneras para garantizar su sostenibilidad y crecimiento a lo largo del tiempo.
- Toma de decisiones estratégicas. La proyección financiera ayuda a simular escenarios favorables o adversos para tomar mejores decisiones basadas en datos. Por tanto, reduce la vulnerabilidad del negocio y preserva su estabilidad operativa.
- Optimización de recursos. Facilita una asignación más eficiente del capital y los recursos en áreas prioritarias, por lo que contribuye a evitar gastos superfluos y optimiza el retorno de la inversión.
- Acceso a la financiación. Contar con una proyección financiera sólida aumenta la credibilidad ante bancos e inversionistas, por lo que la empresa parte de una postura más sólida para negociar mejores condiciones crediticias.
- Control financiero proactivo. Tener una hoja de ruta financiera brinda la posibilidad de detectar rápidamente las desviaciones entre lo planificado y la realidad para ajustar las operaciones y tomar medidas correctivas antes de que los problemas escalen.
- Planificación a largo plazo. Visualizar el futuro del negocio en horizontes de 3, 5 o incluso 10 años facilita la planificación de reinversiones, fondos de reserva y estrategias de salida para que la pyme no se limite a mantenerse a flote, sino que prospere a lo largo del tiempo.
- Ventaja competitiva. En entornos empresariales dinámicos, la capacidad de proyectar el futuro proporciona una clara ventaja sobre quienes operan sin un forecast financiero. Una empresa con proyecciones sólidas podrá aprovechar rápidamente las oportunidades y resistir mejor las crisis.
¿Cómo se realizan las proyecciones financieras?
Elaborar proyecciones financieras es un ejercicio de planificación estratégica complejo, que requiere articular variables macroeconómicas e indicadores sectoriales con las capacidades operativas internas para llegar a un modelo financiero integrado que permita evaluar la viabilidad de las estrategias de negocio.
- Recopilación de datos históricos. Parte de los estados financieros de los últimos 3 o 5 años de tu negocio y fíjate en los ingresos, gastos, flujo de caja o inversiones realizadas. Con esa información, calcula el crecimiento anual y el margen de beneficio.
- Define los supuestos clave. En base al contexto macroeconómico y los movimientos del mercado, plantea hipótesis realistas sobre aspectos como la demanda en tu sector, tu capacidad operativa o los cambios regulatorios que podrían producirse.
- Proyección de ingresos. Estima cuánto dinero generará tu negocio teniendo en cuenta tu crecimiento anual y margen de beneficio, sin olvidar las tendencias del mercado y los supuestos más probables.
- Estima los gastos. Calcula cuáles podrían ser los gastos fijos y variables en los que incurrirá tu negocio, así como las inversiones que podría necesitar, ya sea en equipo, ampliación de espacios o I+D+i.
- Proyecta el flujo de caja. Ten en cuenta las entradas y las salidas actuales para estimar qué liquidez necesitará tu empresa en el futuro para seguir haciendo frente a sus obligaciones.
Con esa información, elabora un estado de resultados futuro o cuenta de pérdidas y ganancias proyectada, para saber si tendrás utilidades o pérdidas en el periodo. También conviene crear el balance proyectado, una especie de foto anticipada de los activos, pasivos y patrimonio en una fecha futura. Y no olvides realizar un análisis de escenarios en los que pruebes tres versiones: optimista, pesimista y realista.
Por último, recuerda que la proyección financiera se debe hacer anualmente. Aunque, si operas en un sector muy dinámico o en gran crecimiento, deberías realizarla más a menudo. Además, es recomendable que monitorees los resultados y ajustes las previsiones trimestralmente o cuando se produzcan cambios disruptivos.
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¿Qué es el número de referencia NRC?
En un entorno fiscal cada vez más digitalizado, es imprescindible que sepas cómo funcionan los instrumentos que garantizan la seguridad y validez de tus operaciones con la Agencia Tributaria. Uno de los elementos más desconocidos y, a la vez, importantes, es el NRC, un código que puede marcar la diferencia entre un pago bien hecho y una notificación inesperada.
¿Qué es el NRC?
“El NRC (Número de Referencia Completo) es el código que se genera como justificante para identificar un ingreso tributario”, según explica Hacienda. Está compuesto por 22 caracteres alfanuméricos que incluyen de forma cifrada datos como:
- NIF del declarante
- Importe a pagar
- Modelo fiscal al que hace referencia
- Ejercicio y periodo fiscal
Este código es necesario en las declaraciones y autoliquidaciones que demanden un ingreso, así como en aquellas en las que no se haya seleccionado como método de pago la domiciliación bancaria.
¿Para qué sirve el NRC?
En un sistema fiscal que recibe pagos de millones de personas, autónomos y empresas, es fundamental garantizar el control y la trazabilidad de cada operación. En ese punto, entra en juego el NRC, una pieza clave para que todo funcione con precisión y brindar garantías a los contribuyentes. De hecho, sus principales funciones son:
- Confirmar los pagos. El NRC es una especie de “justificante digital” único que certifica el pago de un impuesto o tasa y garantiza su transferencia a la Administración.
- Seguimiento y trazabilidad. Mediante el NRC es posible dar seguimiento a los pagos efectuados. Tanto el contribuyente como la Agencia Tributaria pueden consultar ese identificador para verificar que el pago ha sido procesado, lo que facilita el control fiscal y contribuye a evitar incidencias como pagos duplicados o no reconocidos.
- Vincular los pagos con las declaraciones. Cada NRC está asociado a una declaración tributaria o tasa concreta, lo que permite a Hacienda conectar el pago que realiza el contribuyente con la obligación fiscal correspondiente y comprobar que ha cumplido en tiempo y forma.
- Facilitar los trámites administrativos. Al ser un identificador único, el NRC permite automatizar la verificación de pagos y agilizar la gestión de expedientes, lo que reduce la carga burocrática, evita errores de imputación y mejora la eficiencia tanto para el usuario como para la Administración.
¿Cómo obtener el NRC?
El NRC permite pagar a la Agencia Tributaria de forma sencilla a través de las entidades colaboradoras. Esta forma de pago apura el plazo de presentación y pago de los impuestos o tasas, en comparación con la domiciliación bancaria, por lo que es conveniente que sepas cómo usarla.
- Prepara la declaración del impuesto o la tasa a pagar rellenando los formularios correspondientes, como el modelo 100 para la declaración de la renta.
- Accede a la plataforma bancaria que colabora con la Agencia Tributaria para realizar el pago, ya que son estas quienes emiten el código NRC.
- Selecciona la opción de pago de impuestos dentro de la banca electrónica e introduce los datos de la declaración, como el importe a pagar, el modelo específico, tu NIF, el periodo impositivo y otra información relevante necesaria.
- Genera el NRC. Cuando hayas introducido esos datos, la plataforma bancaria generará el NRC automáticamente. El código aparecerá en la pantalla o podrías recibirlo en tu correo electrónico.
- Confirma y paga. Valida el pago una vez que hayas comprobado que los datos son correctos. El NRC se genera cuando el pago es procesado correctamente, dejando constancia del mismo.
Por último, no olvides registrar el NRC en el modelo correspondiente, un paso esencial para que Hacienda vincule el pago con la declaración presentada. Si te equivocas, y el NRC que indicas no coincide con el pago registrado, la Agencia Tributaria no podrá validar tu declaración, así que tendrás que volver a presentarla con el código correcto. Y si lo extravías, puedes solicitar una copia en tu entidad bancaria.
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